PUNTAJE DOCENTES TITULARES
Los componentes del puntaje se consideran al 31/03 del año de concurso.
Cómo se compone?
El puntaje consta de varios ítems:
1) Título Básico (según el Anexo de Títulos de cada cargo)
El mismo puede ser: Docente (9 puntos)
Habilitante (6 puntos)
Supletorio (3 puntos)
2) Antigüedad
El organismo que se ocupa de este rubro es la Dirección Administrativa Docente (D.A.D.), que envía la información a la sección informática, que a su vez la vuelca en los listados.
La Antigüedad se divide en:
Antigüedad total: que representa los años trabajados como docente en cualquier organismo, Nacional, Provincial, Municipal y/o Privado Incorporado. La misma se valora con 0,10 puntos por año (360 días).
Antigüedad en el área: son aquellos trabajados en el área o nivel, en la CBA y se valora con 0,45 puntos por año completo.
Por Antigüedad (Antigüedad total más Antigüedad en el área), podrá acumularse hasta 9 puntos.
3) Antigüedad calificada:
Se otorga a quienes desempeñan un cargo de mayor jerarquía escalafonaria (maestra/o secretaria/o, vice-director/a, director/ra, supervisor/ra adjunto/a, supervisor/ra) en situación de interina/o o suplente. Se valora con 0,50 punto anual. Esta valoración subsiste hasta la titularización en el cargo de mayor jerarquía, a partir de ese momento se computa el 50%. El tope de la misma es de 6 puntos.
4) Conceptos
Valoración de los conceptos:
– Se valoran los tres últimos conceptos, de acuerdo con la siguiente escala:
– Sobresaliente 1
– Muy Bueno 0,50
– Bueno 0 (imposibilitan ascensos)
– Regular 0 (imposibilitan ascensos)
– Deficiente 0 (imposibilitan ascensos)
• Ante dos años de calificación regular consecutivos la Secretaría de Educación asignará al docente otras tareas a desempeñar fuera de sus funciones mientras se instruya el respectivo sumario.
• Si previo examen psicofísico (que determine su aptitud para el desempeño del cargo), el/la docente es calificado/a como Deficiente, la conducción de la escuela instruirá un Sumario y la Junta de Disciplina determinará si corresponde aplicar sanción.
• Si el/la docente se desempeñara simultáneamente en dos cargos docentes, será calificado/a en cada uno de ellos.
Todos los/las docentes (Titulares – Interinos/as o Suplentes) serán calificados/as en las tareas que hayan desempeñado cuando éstas tengan una duración no menor de 90 días, continuos o discontinuos. De no alcanzar el plazo señalado en el mismo destino será calificado en el último establecimiento en que haya prestado servicios.
5) Cursos (de capacitación, perfeccionamiento o actualización docente)
A partir de la clasificación del 2017, con un mínimo de treinta horas (para Primaria, Especial, Inicial) y veinte horas (para Curricular y Media y Técnica) a razón de 0,005 milésimos la hora cátedra, los específicos y 0,0025 los no específicos.
Si fueran dictados por el E. de M. los específicos 0,006 y los no específicos 0,003. Por este rubro se podrán acumular hasta 1,80 por año.
Los cursos serán valorados cuando tengan Resolución de aprobación de la Secretaría de Educación y conste en el certificado la evaluación (aprobado).
El rubro Cursos dictados ha sido incluido en Antecedentes Culturales (Artículo 17º. E.1.4.) hasta totalizar 1 punto (Ver cuadro de Antecedentes Culturales).
6) Otros títulos
Aquí se valoran los no considerados en el rubro Título Básico.
7) Antecedentes culturales y pedagógicos
Puntaje de Docentes Suplentes
- Se evalúan los mismos ítems de los titulares con la excepción del concepto
- Se agrega una bonificación en el rubro antigüedad
Bonificación para concurso de ingreso: Se bonificará a aquellos/as docentes que acrediten desempeño en la materia o cargo del escalafón del área para el que concursan según la siguiente escala.
- 2 años………….. .dos (2) pts.
- 3 años……………tres (3) pts.
- 4 años……………cinco (5) pts.
Estos años se computarán dentro de los últimos 5 años anteriores al 31/3.
Este puntaje adicional es válido únicamente para el concurso de Ingreso