“La obligación de asistir de forma presencial a mayores de 60 años, sin contar aún con la correspondiente vacuna y en el contexto epidemiológico actual, luce prima facie como irrazonable”.
En el marco de un amparo presentado por la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE), el Juzgado de Primera Instancia en lo Contenciosos Administrativo y Tributario, a cargo de Elena Liberatori, ordenó que se “suspenda la obligación de impartir clases de modo presencial” en el caso de una docente mayor de 60 años.
En los fundamentos de la medida se indica que “la obligación de asistir de forma presencial a mayores de 60 años, sin contar aún con la correspondiente vacuna y en el contexto epidemiológico actual, luce prima facie, en este estado larval del proceso, como irrazonable a partir del marco normativo nacional”.
La medida se conoció durante el primer día de clases presenciales en la Ciudad, en la que los gremios denunciaron falta de insumos, desorganización y aglomeraciones en distintas escuelas.
En tanto, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires autorizó a trabajadoras y trabajadores del Ministerio de Educación mayores de 60 años a realizar tareas remotas hasta que reciban la vacuna. A través de la Resolución 591 publicada ayer en el Boletín Oficial, se exime al personal de trabajar de manera presencial.
“Se propicia autorizar que las tareas de los trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años, de edad, sin comorbilidades, del Ministerio de Educación, que así lo soliciten, puedan prestarse en forma remota, transitoriamente, hasta tanto se encuentre disponible para dichos trabajadores/as la posibilidad de recibir la vacuna contra el COVID-19 (Coronavirus)”, dice el escrito. Para ello deberán avisar a través de un correo electrónico y quienes integren el grupo de riesgo deberán pedir el Permiso de Ausencia Extraordinario al Lugar de Trabajo.