Parlamentario.com – Nota / 25.08.2016. Por unanimidad, se aprobó la norma que incorpora un inciso al Estatuto Docente de la Ciudad. La licencia será sin descuentos de haberes para docentes tanto de carácter titular, como suplente o interino.
La Legislatura porteña sancionó por unanimidad (57 votos positivos) una ley para incorporar al Estatuto Docente la licencia por violencia de género. El proyecto, que reúne iniciativas de distintos bloques, llegó al recinto luego de haber sido firmado, también de forma unánime, en la Comisión de Educación. En la apertura del debate, el diputado Maximiliano Ferraro (CC-ARI) señaló que “este es un derecho que no estaba presente”, y que la ley viene a “visibilizar e instituir ese derecho”. Además, el titular de la Comisión de Educación, destacó el consenso alcanzado y la polifonía de voces que enriquecieron las discusiones. La legisladora Lorena Pokoik (FpV) resaltó el rol de los diputados y expresó: “hemos estado a la altura de las circunstancias de recoger una demanda que los gremios venían haciéndonos”. “Tenemos que transformar en ley aquellas necesidades que los actores políticos y sociales nos demandan”, agregó. Por su parte, el diputado Marcelo Ramal (FIT) aseguró que la nueva norma se trata de “una conquista”, e insistió con continuar trabajando para lograr la “reubicación de la compañera que ha sido violentada”. En tanto, la legisladora Paula Villalba (Pro) subrayó la importancia de separar la licencia de género de la licencia psiquiátrica, que era la figura en la cual tenían que acogerse las docentes que sufrían el flagelo. “La licencia psiquiátrica traía como consecuencia que en los juicios se la usaba en contra de las víctimas”, sostuvo y explicó que muchas de ellas perdieron la tenencia de sus hijos por este motivo. Finalmente, la diputada Lía Rueda afirmó que esta ley sirve para que la víctima “tenga el resguardo suficiente por parte del Estado”, y reconoció que “no resuelve el fondo del problema”, pero “es una herramienta” en el avance hacia la erradicación de la violencia de género. La iniciativa fue debatida en la Comisión de Educación durante más de un año, con las exposiciones de la responsable de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema, Analía Monferret; especialistas en género y violencia; representantes de los sindicatos docentes (UTE, CTERA, ADEMYS, CAMYP, SEDEBA, UDA) y del mundo académico educativo. El proyecto se consensuó a partir de las propuestas presentadas por todo el arco político de la Legislatura: Lorena Pokoik y Paula Penacca (FpV), Lía Rueda (Pro), Maximiliano Ferraro (CC-ARI), Juan Nosiglia, Marcelo Gouman y Natalia Fidel (SUMA+), Marcelo Ramal (FIT) y de los exlegisladores Victoria Morales Gorleri y Anibal Ibarra (MC). El nuevo inciso La modificación al artículo 70 de Estatuto Docente, con la incorporación del inciso “Y”, busca acompañar a las víctimas de violencia de género otorgando una licencia especial para todo el personal docente, sea titular, interino o suplente, de manera de proteger y defender la integridad de las personas. De esta forma se formaliza un marco de protección legal a las docentes que padecen violencia de género y no encuentran marco alguno para proteger uno de los elementos fundamentales que le pueden permitir avanzar hacia la separación de sus golpeadores: la continuidad de su fuente de trabajo como posibilidad de su independencia económica. Asimismo, esta norma colabora para avanzar con las denuncias, trámites y tratamientos que sean pertinentes según las orientaciones efectuadas por los organismos oficiales a los cuales ha tenido que acercarse la persona afectada para denunciar esta situación. El nuevo inciso establece que “se otorgará esta licencia con percepción íntegra de haberes a las/los docentes con carácter de titular, interino y/o suplente que padezcan cualquier tipo de violencia de género afectando su seguridad personal, y que por tal motivo deban ausentarse de su puesto de trabajo”. “Esta licencia deberá contar con la debida justificación emitida por los servicios de atención y asistencia a las víctimas. En un plazo de 72 horas, se deberá presentar la denuncia judicial correspondiente o la certificación emitida por los organismos estatales competentes”, agrega.