ElDestapeWeb.com – Nota – 12/09/2017. El candidato a senador de Cambiemos fue el ideólogo del instructivo para denunciar alumnos que tomen colegios. Fue declarado inconstitucional.
Agencia NA
El 26 de agosto de 2008 abundaban las tomas de colegios por la implementación de la “Nueva Escuela Secundaria”, una medida antipopular e inconsulta del Ministerio de Educación de la Ciudad. Ante esto, el entonces encargado de la cartera, Esteban Bullrich, tomó una decisión aún más polémica: ordenó que los directivos denuncien penalmente a todos los estudiantes que protesten. Pese a los posteriores frenos judiciales, el funcionario insistió con la medida en reiteradas ocasiones.
En esa época, los alumnos solicitaban la apertura de canales de diálogo y, para hacer oír sus reclamos, debieron acudir a la toma de los establecimientos. El ahora primer candidato a senador de la provincia de Buenos Aires por Cambiemos no tuvo mejor idea que crear el “Instructivo sobre Forma de Proceder en Casos de Toma de Establecimientos Educativos”. Fue distribuido desde la Dirección General de Educación de Gestión Estatal (DGEGE) a las direcciones de media, técnica, artística y formación docente.
Este, el primero, les pedía a los directivos “confeccionar un acta en la que conste el estado en el que deja el edificio al momento de la ocupación y, si es posible, los nombres de las personas que ocupan el establecimiento”.
Fue denunciado por el legislador Gonzalo Ruanova, quien presentó una cautelar para frenarla. El 27 de noviembre de ese año, la jueza en lo contencioso y administrativo Elena Liberatori resolvió, “por inconstitucionalidad grosera”, anular del protocolo que se asienten en actas “los nombres de las personas que ocupen el establecimiento”. Llamó incluso “lista negra” a la que pretendía Bullrich armar con los estudiantes que protesten.
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En el fallo, al que accedió El Destape, la magistrada de primera instancia argumentó que “la medida solicitada aparece como la única posibilidad de evitar el daño actual a casi todos los derechos que surgen de textos constitucionales y legales, siendo intolerable no sólo jurídica sino democráticamente, la solapada intención de retornar a prácticas propias de regímenes políticos que repugnan a la dignidad humana y que, por lo visto, aún está costando superar”.
Ruanova volvió a presentar un amparo, junto a los legisladores Jorge Selser, Julio Raffo y Rafael Gentili, pero contra un nuevo memorando, el número 912.750 de la DGEGE de 2010. La misma jueza Liberatori lo dejó sin efecto el 26 de agosto de ese año “por ser nulo de nulidad absoluta e insanable y violar los derechos y garantías que la Constitución de la Ciudad reconoce y garantiza a los estudiantes”.
Esto fue apelado por el equipo del entonces jefe de Gobierno, Mauricio Macri, que alegó que “no se encuentran afectados los derechos constitucionales de los menores”, ya que “el propósito de la disposición es el de garantizar la actividad educativa y la preservación del espacio público”. El 14 de julio de 2011, los camaristas Esteban Centenaro y Horacio Corti, con la disidencia de Mabel Daniele, determinaron la suspensión parcial de la disposición, sólo en la parte que requería inscribir en acta “los nombres de las personas que ocupasen un edificio escolar”.
Pero el 25 de septiembre de 2012, la viceministra de Educación porteña, Ana Ravaglia, organizó una reunión con los rectores de las escuelas y les entregó un instructivo para reaccionar ante las tomas de más de 29 escuelas, que volvieron a tomar un lugar importante como método de protesta ante las reformas del PRO. Las disposiciones fueron muy similares a las previas, por lo que tres diputados porteños y la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE) interpusieron una nueva cautelar. La causa volvió a caer en el Juzgado de Liberatori, quien dejó sin efecto las instrucciones.
Este es exactamente el mismo protocolo que hoy quiere aplicar Acuña. Allí rezaba: “En caso de toma, el director deberá: a) dar cuenta del hecho a las direcciones de área y general; b) concurrir inmediatamente a la comisaría a efectos de denunciar la situación de toma (NO DENUNCIAR PERSONAS). Los ilícitos que se estarían configurando pueden ser violación de domicilio o usurpación (ambos delitos) y la contravención del artículo 58 (ingreso o permanencia de personas en lugar público/privado contra la voluntad del titular; c) solicitar apoyo de la Dirección General de Coordinación Legal a los efectos de concurrir con letrado; d) la Dirección concurrirá a la fiscalía para conocer las medidas preliminares que se dispongan y peticionará alguna medida cautelar en caso de ser necesario; e) en caso de registrarse daños materiales deberá, además de las actuaciones administrativas de rigor, requerirse la presencia de un escribano para que labre las actas correspondientes. Este instructivo deberá aplicarse independientemente de: labrar acta correspondiente, avisar a los padres de los alumnos, llamar al SAME, dar aviso al Consejo de los derechos de los niños”. Esa causa volvió a caer en el Juzgado de Liberatori, quien dejó sin efecto las instrucciones.
Pese a la abundante jurisprudencia en contra, el Gobierno de la Ciudad intentó volver a aplicar este protocolo inconstitucional, aunque ahora con Acuña a la cabeza. Desde la cartera educativa negaron la vigencia del instructivo, pero El Destape tomó conocimiento de correos electrónicos oficiales emitidos en la semana del 28 de agosto de este año, en los que se les repartió el protocolo a las autoridades de los colegios, ante las críticas estudiantiles por la precarización laboral que quiere imponer la reforma denominada “Secundaria del Futuro”.
Pudo saber este medio que en las escasas dos semanas de vigencia ya fue aplicado por cinco instituciones: Manuel Belgrano, Mariano Acosta, Liceo 9, Antonio Devoto y Julio Cortázar.
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Hoy, la asesora tutelar Mabel López Oliva y el asesor ante la Cámara Gustavo Moreno plantearon una nueva cautelar, que quedó radicada en el Juzgado en lo Contencioso y Administrativo 3, que subroga Aurelio Ammirato. Exigieron allí la inmediata eliminación de la antigua ordenanza y que el Gobierno porteño redacte “un protocolo de actuación especial para las situaciones de protesta estudiantil, que deberá garantizar la participación de la comunidad educativa y de aquellos actores institucionales especializados en la defensa de los derechos de la infancia y adolescencia”.
Fallo contra el Protocolo contra las tomas de colegios – 2012 by El Destape on Scribd